Lo que perciben los grupos políticos municipales del Ayuntamiento
Los Ayuntamientos podrán asignar a los grupos políticos municipales una dotación económica para su funcionamiento. Nuestro Ayuntamiento así lo hace, aunque esto no es obligatorio. Aquí, salvo algún error, podrán ver esas cantidades, y comprobarlas en los enlaces, los aumentos en esas dotaciones, los gastos anules y algunos casos curiosos relacionados con esta asignación económica.

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INTRODUCCIÓN
El Artículo 73.3, párrafo segundo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que el Pleno de la corporación local, podrá asignar a los grupos políticos una dotación económica.
Es un “podrá”, es decir que bien puede establecer que no se le asigne ninguna dotación económica, no es un “derecho adquirido”.
Si esta se establece, indica el articulado, será por un importe idéntico a cada uno de los grupos políticos, y otro en función al número de concejales de cada grupo.
Los límites de esa cantidad económica serán los que se establezcan en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, que hasta la fecha no están establecidos en la citada normativa, por lo cual el Ayuntamiento puede poner lo que quiera en base a lo que disponga (en otras palabras, lo que le salga de los hue..)
En el caso de concejales no adscriptos (concejales que en su momento pertenecían a un grupo político y por diversas circunstancias dejan de pertenecer al mismo – en nuestro Ayuntamiento actualmente tenemos dos), esta dotación económica se fija en la forma que determine el Reglamento Orgánico de la Corporación, y como se pueden imaginar en nuestro Reglamento no figura «esa forma«:
Art. 19.3 del Reglamento Orgánico Municipal figura:
REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL DE BORMUJOS
«Los derechos económicos y políticos de los miembros no adscritos no podrán ser superiores a los que les hubiesen correspondido de permanecer en su grupo de procedencia»
Exactamente lo que dice la Ley de Régimen Local, la cual otorga competencia al Ayuntamiento para que indique la forma en que se ejercitará esa dotación económica, por aportar ideas, que la dotación sea igual a lo que perciba un concejal, inferior al 75%, inferior al 50%, o simplemente no lo percibirán a no pertenecer a ningún grupo político municipal.
Artículo 73.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«El Pleno de la corporación, con cargo a los Presupuestos anuales de la misma, podrá asignar a los grupos políticos una dotación económica que deberá contar con un componente fijo, idéntico para todos los grupos y otro variable, en función del número de miembros de cada uno de ellos, dentro de los límites que, en su caso, se establezcan con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado y sin que puedan destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.
Los derechos económicos y políticos de los miembros no adscritos no podrán ser superiores a los que les hubiesen correspondido de permanecer en el grupo de procedencia, y se ejercerán en la forma que determine el reglamento orgánico de cada corporación.«
LA ASIGNACIÓN A GRUPOS POLITICOS EN BORMUJOS
En la siguiente tabla pueden observar la evolución de esa dotación económica desde el año 2015 hasta la fecha actual.
La fecha colocada en el encabezado es el día en que esas cantidades se aprobaron en el Pleno del Ayuntamiento, (pueden verlas en la aplicación VideoActas del portal Web del Ayuntamiento de Bormujos).
Actualmente la dotación económica que perciben los grupos políticos municipales es la aprobada el 12 de mayo del 2020.
Como indica la normativa, hay una cantidad fija para cada grupo municipal, y otra variable según el número de concejales que pertenezcan a ese grupo.
| CONCEPTO | 3 DE JULIO DE 2015 | 5 DE JULIO DE 2019 | 12 DE MAYO DE 2020 |
|---|---|---|---|
| Por cada grupo político | 100 € mensuales | 200 € mensuales | 200 € mensuales |
| Por cada concejal | 160 € mensuales | 350 € mensuales | 250 € mensuales |
La asignación por grupo político desde el año 2015 se ha aumentado en un 200%.
La asignación por concejal desde el año 2015 se ha aumentado un 156,25%, alcanzado un aumento del 218,75% desde el 5 de Julio del 2019 hasta el 12 de mayo del 2020.
Actualmente en nuestra corporación la forman 4 grupos políticos municipales, y existen 21 concejales, de los cuales dos no están adscriptos a ningún grupo político municipal. Se desconoce si estos últimos perciben esta dotación económica, en la tabla se coloca que percibe como un concejal más.
| 3 DE JULIO DE 2015 | 5 DE JULIO DE 2019 | 12 DE MAYO DE 2020 | |
|---|---|---|---|
| 4 Grupos políticos | 640 € al mes | 1.400 € al mes | 1.000€ al mes |
| 21 Concejales | 2.100 € al mes | 4.200€ al mes | 4.200€ al mes |
| Total al mes | 2.740 € al mes | 5.600€ al mes | 5.200€ al mes |
| Total anual | 32.880 € | 67.200 € | 62.400 € |
El gasto anual en este concepto se ha incrementado desde el 2015 hasta la fecha actual en un 189,78%, llegando a alcanzar un aumento del 204,38% durante 10 meses.
COSAS CURIOSAS
El día 5 de julio del 2019, (ver en VideoActas) un grupo político formado por un solo concejal, antes de la aprobación de las cuantías que se iban a debatir en esa fecha, presentó una enmienda para que la asignación al grupo municipal fuera de 400€ mensuales y a cada concejal se le asignara la cuantía de 150€, la cual fue rechazada:
- Se coloca como caso curioso, ya que es una enmienda o una modificación al texto que se iba aprobar, en la cual el grupo político que la presenta no pierde ni un euro, ya que la cantidad que percibiría su grupo municipal, al estar compuesto de un solo concejal, seria exactamente igual si se aprobara la enmienda o el texto presentado.
- Obviamente el resto de los grupos municipales, en el caso de que tuvieran más de un concejal, recibirían una dotación económica menor.
- Echando cuentas, solo proponía un aumento del 173,58% del gasto público, frente al 204,38% que se aprobó.
En octubre del 2019, y “según prensa”, otro concejal dejó de pertenecer al grupo político municipal con el que se presentó a las elecciones, por diferentes circunstancias entra las que aparecía:
- Que había denunciado a otro concejal de su mismo grupo político municipal, ante su partido, ya que realizaba gastos «indebidos» que cargaba a la cuenta del grupo municipal, siendo solucionado el asunto «con un perdón del concejal» y el reintegro de estos gastos indebidos.
El 27 de abril del 2020, un grupo político municipal, ofreció la mitad de su dotación económica de seis meses, para ayudar a la crisis sanitaria del COVID-19.
- Es curioso esto por dos razones, una que está contenida esta comunicación bajo el epígrafe de «El Ayuntamiento no llevará a pleno el límite de dietas de concejales» (Apareció en prensa que este mismo grupo municipal iba a realizar esta propuesta)
- Y dos, esta dotación económica es para el funcionamiento de los grupos políticos municipales, al menos, así dice la ley, y esa cantidad no la pueden o no deben, emplearla con otros fines. Con lo cual o la devuelven o se la gastan, y se devuelve es el «pleno» el que determina hacia donde se dirige ese dinero.
Y sobre marzo del 2021, y “según prensa”, un grupo político achacaba al otro de gastar más del 40%» de su dotación económica pública en «comidas en bares”.
- Es curioso, porque los grupos políticos municipales, en principio no tienen obligación alguna de presentar factura de sus gastos al Ayuntamiento, solo se les exige una «declaración responsable», es decir un documento, que firma el portavoz del grupo, indicando que esa cantidad ha sido gastada acorde a lo que marca la normativa, y como toda «declaración responsable», el grupo municipal tiene o debe tener documentación acreditativa de esto, la cual no es obligatoria presentarla.
- Solo el Pleno del Ayuntamiento, puede exigirla.
¿Y EN QUE SE LO PUEDEN GASTAR? ¿COMO SE JUSTIFICA?
Esto es un tema para otro artículo, ya que un vecino de Bormujos, solicitó estas justificaciones al Ayuntamiento, este siguiendo su línea no le contestó, la elevó al Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía, fue aceptada, y le reclamó que facilitase esa información solicitada, el Ayuntamiento la elevó al Pleno para ver si daban esa información ya que así lo indica la normativa, y fue aprobado por unanimidad, resolviendo el Portal de la Transparencia que en un plazo determinado se le facilitara la información solicitada.
A fecha actual no hay noticias de que hayan cumplido lo ordenado por el Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía, ni lo aprobado en el Pleno, y ha pasado ya tiempo de esto.
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